lunes, 27 de junio de 2022

[dietario]. [gregorio luri/aforismo]. [valentín-h.medina rodríguez].

 


https://www.youtube.com/


Dicen que los locos solo sufren en momentos de lucidez. Como todos. 


(GREGORIO LURI)







sábado, 11 de junio de 2022

[dietario]. [arturo millán]. [valentín-h.medina rodríguez].

 


https://mobile.twitter.com/arturomillan_




Sánchez venía a combatir la desigualdad y a no dejar a nadie atrás, y España se alza con el primer puesto de toda la UE en el índice de Miseria, que combina desempleo e inflación, siendo el peor dato en los últimos 30 años.

Pero lo que importa es volver a revisar la Transición.

(ARTURO MILLÁN)








[dietario]. [mario vargas llosa]. [valentín-h. medina rodríguez].

 



https://www.actualidadliteratura.com/biografia-y-obras-de-mario-vargas-llosa/



A todos los socialistas les deseo: La abundancia de Venezuela, el salario de Cuba, la justicia de China y la libertad de Corea del Norte.


(MARIO VARGAS LLOSA)


















sábado, 4 de junio de 2022

[dietario]. [diputación provincial de canarias, 1813-1925/“Los guanches: conquista y anticonquista del archipiélago canario”]. [valentín-h.medina rodríguez].




https://www.todocoleccion.net/



Los guanches: conquista y anticonquista del archipiélago canario


Autor: Roberto Gil Hernández

Universidad de La Laguna. Año 2015



[Nota] 200 Los cabildos cumplieron, prácticamente desde la colonización del archipiélago –al heredar sus atribuciones de los concejos– hasta principios del siglo XIX, el papel matriz en lo que a la administración insular se refiere, sobre todo entre las Islas realengas. Eso sí, no será hasta la breve irrupción de la constitución de 1812, al sentar las bases para la provincializacón del imperio hispánico, que estos comenzarán a perder, progresivamente, protagonismo en el escenario isleño. Y esta deriva ya no se detendría hasta su práctica desaparición en el año 1836. Los cabildos insulares actuales cuentan con atribuciones levemente diferentes y son consecuencia de su reedición institucional en 1912.

«Pero la idea de los cabildos volverá a resurgir en boca de aquellas personas que [...] propugnarán un proceso autonómico para Canarias. Es el caso de las asambleas de 1908, 1910, 1911, del Partido Republicano Federal con Franchy y Roca a la cabeza, del grupo que se sitúa en torno al periódico La Mañana, y ¡cómo no! de Pedro Pérez Díaz. Y así los vemos aparecer con la Ley de 11 de junio de 1912» (V. H. Medina Rodríguez y I. Martínez Gálvez, 1993:89-90).

[Nota] 201 Se ha atribuido al pensamiento liberal en español, entre otras “innovaciones”, la primigenia provincialización del imperio hispánico, incluida en la constitución de Cádiz (1812) y que más tarde hicieran suyas –con prebendas- Fernando VII e Isabel II. No obstante, el germen de esta nueva estructura política y territorial tendrá lugar, como bien lo relatarán Valentín Medina Rodríguez e Inmaculada Martínez Gálvez:

En la Península, tras la invasión del ejército napoleónico, [donde] se crearon Juntas de Defensa, no sólo a nivel central, sino provincial y en las ciudades más importantes. Ocurrió lo mismo para el caso de Canarias: en la ciudad de La Laguna se constituyó la Junta Suprema Gubernativa de Canarias, con la oposición del Cabildo de Gran Canaria y la Audiencia, y si con el beneplácito de los cabildos de las restantes islas. La respuesta de Gran Canaria no se quedó en la mera denuncia, sino que de hecho convocó un Cabildo general permanente. A partir de este acontecimiento la lucha por la capitalidad del archipiélago llenará las páginas de casi la primera mitad del siglo XIX canario. En la Península dieron el respaldo, más concretamente la Junta de Sevilla, a la Junta Suprema Gubernativa de Canarias, la cual nombró como sus representantes para la Suprema Junta Central a José Murphy y al Marqués de Villanueva del Prado [...].

Llegada la constitución de 1812 y con ella el concepto jurídico de provincia, se ponen en funcionamiento diputaciones y ayuntamientos. La Diputación Provincial de Canarias lo hace el 30 de mayo de 1813; por su parte, los municipios se crearon asimismo en 1813, en virtud de lo establecido por las Cortes, “generalmente sobre las jurisdicciones parroquiales y en base a las antiguas juntas creadas en 1768 [...] (V. H. Medina Rodríguez y I. Martínez Gálvez, 1993:89-90).


BIBLIOGRAFÍA CITADA

MEDINA RODRÍGUEZ, Valentín y MARTÍNEZ Y GÁLVEZ, Inmaculada: “La Diputación Provincial de Canarias: notas para su estudio”, Tebeto: anuario del Archivo Histórico Insular de Fuerteventura (Islas Canarias), 6 (1993), 81-95.