PEDRO GORDILLO
SANTIAGO KEY Y MUÑOZ
ANTONIO JOSÉ RUIZ DE PADRÓN
FERNANDO LLARENA Y FRANCHY
LAS CORTES DE CÁDIZ, LA CONSTITUCIÓN DE 1812 Y LOS LIBERALES CANARIOS
La composición de las Cortes de Cádiz, es decir, formada por lo que hoy definiríamos como clase media, iba a determinar que el diseño político del nuevo Estado sería el liberal-burgués.
Fue nuestra primera Constitución democrática. Salida de nuestros diputados en representación de la nación española; constituidos en Cortes Generales en la Real Isla de León (Cádiz). En un contexto de guerra de liberación nacional frente a la invasión del ejército de Napoleón (la llamada Guerra de Independencia: 1808-1814).
La nación está por encima del soberano. Nace el liberalismo en España. Se cambia el concepto de súbdito por el de ciudadano. La soberanía pasaba a estar en manos del pueblo.¡Enorme paso! Dice el artículo 3.: La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a esta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales. [Hemos adaptado la grafía a las leyes ortográficas actuales].
Y en esta gesta del paso de un régimen antiguo, basado principalmente en el poder omnímodo del monarca (ya sea en su forma de Absolutismo o Despotismo Ilustrado) y en los privilegios de nobleza y claro, a un Estado liberal conformado entre otros principios por monarquías constitucionales y una sociedad de clases; nos encontramos con la participación clave de cuatro diputados canarios: ANTONIO JOSÉ RUIZ DE PADRÓN, SANTIAGO KEY Y MUÑOZ, PEDRO GORDILLO Y FERNANDO LLARENA Y FRANCHY (tal como rezan sus nombres en las actas de las Cortes).
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